El Consejo Nacional de Control Ético (Pro tempore) decide, en virtud de cumplir las estipulaciones indicadas en nuestra honorable carta magna, las leyes 130 de 1994, 1475 de 2011, los estatutos, las resoluciones 7417 de 2021, 0972 de 2022, 5029 de 2022 y 1761 de 2023 del CNE y las Resoluciones 002, 006, 007, 013, 153, 202 de 2023. 001, 002,003 de 2024 de la Junta Nacional de Coordinación; y con el ánimo de proteger l derechos fundamentales de los y las militantes, relacionados a la participación política, la vida digna y la dignidad humana es que decide expedir el presente código de procedimiento ético disciplinario.
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